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Regularización Migratoria

¿Cómo puedo traer a mis familiares a Chile?

Permisos de residencia para familiares: visas de reunificación familiar y visas para dependientes.

La normativa migratoria en Chile contempla visas para los familiares de residentes en el país. De un lado, se establece una visa para los familiares de residentes definitivos o nacionales chileno/as; y, de otro, se contempla una visa en calidad de dependiente para los familiares de residentes temporales.

Si bien ambas visas apuntan a la protección de la unidad familiar, existen diferencias importantes entre ellas, tanto en relación con los y las posibles beneficiarios/as, como con las posibilidades de solicitar tales permisos al interior del país.

En esta primera parte, analizaremos la visa de reunificación familiar para residentes definitivos/as o nacionales chilenos/as.

Visa de reunificación familiar para residentes definitivo/as o nacionales chileno/as

¿Quiénes pueden solicitar esta visa?

Esta visa tiene como beneficiarios a:

  • Cónyuge o aquella persona que mantenga una relación con el residente definitivo o nacional chileno/a que, de conformidad con el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio.
  • Padres del residente definitivo o nacional chileno/a.
  • Hijos -del residente definitivo o nacional chileno/a- menores de edad, con discapacidad o solteros menores de 24 años que se encuentren estudiando.
  • Personas menores de edad que se encuentren bajo cuidado personal o curaduría del residente definitivo o del nacional chileno/a.

¿Cómo se solicita esta visa?

La visa podrá solicitarse por la persona extranjera beneficiaria a través de la plataforma electrónica dispuesta por el Servicio Nacional de Migraciones (https://tramites.extranjeria.gob.cl/).

Cabe destacar que la normativa permite que la solicitud se realicé tanto dentro como fuera del país. Cuando se solicita dentro del país, la ley 21.325 de Migración y Extranjería autoriza el cambio de categoría migratoria, es decir, pasar de una visa de turismo (permanencia transitoria) u otra, a una visa de reunificación familiar.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar la visa de reunificación familiar?

Al realizar la solicitud debe acreditarse la relación de parentesco o vínculo con el residente definitivo o con el nacional chileno, a través de los siguientes documentos:

RelaciónRequisitos
Cónyuge o pareja con vínculo de efectos equivalente
al matrimonio.
– Certificado de matrimonio o de la figura que produzca los mismos efectos civiles del matrimonio, por ejemplo, una unión civil.
Padre o madre.– Certificado de nacimiento de la persona de nacionalidad chilena o titular de la residencia definitiva, en que aparezca que el interesado tiene la calidad de padre o madre.
Hijo menor de edad.– Certificado de nacimiento del interesado en que conste el vínculo con la persona de nacionalidad chilena o titular de la residencia definitiva.
– Antecedentes que den cuenta de la regularidad de la salida de dichos niños, niñas y adolescentes desde su país de origen, o desde aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años.
Hijo con discapacidad.– Certificado de nacimiento del interesado en que conste el vínculo con la persona de nacionalidad chilena o titular de la residencia definitiva.
– Documentos oficiales debidamente legalizados o apostillados, según corresponda, emanados de la entidad que de acuerdo a la normativa del país de que se trate tenga competencias para acreditar la situación de discapacidad.
Hijo soltero menor de 24 años que se encuentre
estudiando.
– Certificado de nacimiento del interesado en que conste el vínculo con la persona de nacionalidad chilena o titular de la residencia definitiva.
– Declaración jurada de soltería.
– Certificado de alumno regular de una entidad de educación superior reconocida por el Estado.
Menores de 18 años que se encuentren bajo cuidado personal o curaduría.– Documentos otorgados por la entidad que sea competente de conformidad con el ordenamiento vigente en el Estado que otorgó el cuidado personal o la curaduría.
– Antecedentes donde expresamente conste la autorización del organismo público competente que permita el viaje de niños, niñas y adolescentes desde ese país hacia Chile, y en el que conste además el objeto del mismo.

Además, en todos los casos se requerirá:

  • Copia del pasaporte del interesado/a:
    • En el caso de los pasaportes venezolanos, la Resolución 2087 de 2019 establece que los pasaportes emitidos a partir de 2013 y que se encuentren vencidos tendrán vigencia hasta el 22 de abril de 2023. 
    • Respecto de aquellas solicitudes de visados que se realicen al interior del país, la Circular Nº 8 del Servicio Nacional de Migraciones establece que las solicitudes de visados podrán acogerse a trámite y otorgarse con pasaporte vencidos.
    • Respecto de las demás solicitudes, el pasaporte presentado con la solicitud deberá tener una vigencia que no sea inferior a un año a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Respecto de solicitantes mayores de edad (18 años en adelante), certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años. En caso que la residencia en un país distinto al de origen haya tenido lugar en un lapso menor a los últimos 5 años, deberá adjuntarse el certificado o documento equivalente, expedido por las autoridades competentes de los diferentes países en los que haya residido durante dicho periodo.

¿Es posible trabajar con una visa de reunificación familiar?

Sí, es posible. La visa de reunificación familiar permite a los titulares el ejercicio de actividades lícitas remuneradas.

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